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ACCESIBILIDAD: UNA CONDICIÓN NECESARIA PARA EJERCER LA CIUDADANÍA [i]

  • MOMO
  • 1 jun 2015
  • 5 Min. de lectura

El concepto accesibilidad ha ido madurando a lo largo de los últimos años hasta llegar a nuevas concepciones como la denominada Accesibilidad Universal, cuya implementación se da mediante la estrategia “Diseño Para Todos”. Esta estrategia originada en Escandinava durante los años cincuenta y, fortalecida por el diseño ergonómico de los años sesenta, así como por las políticas del bienestar escandinavo[1] permitió que, durante este periodo, Suecia concibiera la propuesta de “Una sociedad para Todos”, que se refería principalmente a la accesibilidad entendida como una característica que deben cumplir los entornos, bienes y servicios, para ser utilizables por todas las personas en condiciones de seguridad, comodidad, autonomía y con la mayor naturalidad posible.


El “Diseño Para Todos” consiste en creer que al diseñar desde la posición de aquellos con mayores dificultades se está contribuyendo a la construcción de un mundo mejor para todos ya que de esta forma toda persona, sin exclusión, resulta beneficiada. Esta estrategia se opone a concebir como usuario final de entornos, bienes y servicios a una persona que cumpla con los parámetros antropométricos estándar[2], es decir, a la persona promedio de edad media, altura media, peso medio, capacidad intelectual media, etc., en oposición a ello se concentra en la diversidad humana y, por tanto, se puede decir que favorece la inclusión social y la igualdad porque su objetivo es intentar que toda persona pueda interactuar de forma exitosa con el entorno y sus contenidos, considerando para ello tres formas básicas de actividad humana: movilidad, comunicación y comprensión.


De tal forma que el “Diseño Para Todos” hace de la accesibilidad una característica sensata que debe poseer el entorno, ya que permite a todos y cada uno de los ciudadanos, interactuar con éste en igualdad de circunstancias. Se puede decir que es una condición necesaria para el ejercicio pleno de la ciudadanía, entendiendo que ésta implica estar vinculado con la sociedad de la que se es integrante a través de una activa participación que la accesibilidad estaría contribuyendo a garantizar. De tal forma que esta característica del entorno no es entonces, como se ha venido asumiendo desde el sentido común, un tema exclusivo de las personas con discapacidad, por el contrario, es un tema que beneficia a toda la población, aunque es indiscutible que para la persona con discapacidad es una cuestión de derechos y no sólo un beneficio.


No en vano se han formulado en el país y en el ámbito internacional una serie de normas dirigidas a garantizar los derechos de las personas con discapacidad que plantean la accesibilidad como un tema de derechos. Así por ejemplo, la Ley 361 de 1997, “por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación”, en su título IV considera diferentes aspectos relacionados con la accesibilidad como son la movilidad y la comunicación. Esta Ley es reglamentada por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial mediante el decreto 1538 en 2005 (ocho años después); y, mediante el Artículo 3 de este decreto las disposiciones contenidas en la Ley, así como las contenidas en este mismo decreto, se incorporan en los Planes de Ordenamiento Territorial y en los instrumentos que los desarrollen o complementen con inmediata aplicación. Así mismo en el ámbito del derecho internacional se hace explícita la accesibilidad mediante las convenciones adoptadas por Colombia a través de la Ley 762 de 2002, “Adopción de la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad”, y la Ley 346 de 2009, “Adopción de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad”, sustrato a partir de la cual se promulga, el presente año, la Ley estatutaria 1618 “Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad”.


Frente a este número de leyes en los que se asume la accesibilidad como un derecho, cabe preguntarse entonces cómo se está pensando en el proceso que dará como resultado un nuevo Plan de Ordenamiento Territorial, si continuará siendo un tema desestimado en la política del municipio, reducido a una mención en papel dirigida a aspectos relacionados con el espacio y transporte público solamente o, si por el contrario, ¿se asumirá como un aspecto central en el desarrollo de la ciudad que también toca a los proyectos de vivienda de interés social, a los edificios públicos y privados que presentan un servicio al ciudadano ya sea de salud, educación, deporte, recreación, seguridad, turismo, cultura, etc.? ¿Si se está pensando la ciudad como una ciudad para todos, cuyos habitantes entienden cómo la accesibilidad beneficia de forma directa a todos aquellos con deficiencias en las funciones o en las estructuras corporales, ya sean permanentes o temporales (las personas viejas y, las personas que tienen circunstancias transitorias derivadas de situaciones coyunturales como puede ser un traumatismo por accidente, embarazo, etc.) y, de forma indirecta, a todo ciudadano? ¿Si se está pensando entendiendo y aceptando que la existencia de entornos, productos o servicios inaccesibles vulneran de hecho los derechos adquiridos justo al nacer y obstaculiza el cumplimiento de los deberes ciudadanos?


Considerar de manera seria la accesibilidad a la hora de planear el territorio municipal es un factor que contribuye al ejercicio pleno de la ciudadanía, ya que ella favorece la apropiación de la ciudad por parte de todos sus habitantes, mediante el disfrute, el cuidado, la producción de la misma. Así que es responsabilidad de la sociedad en su conjunto, y de manera especial, de los poderes públicos construir, y de ser necesario, modificar el entorno, de modo que pueda ser utilizado en igualdad de condiciones por todos y cada uno de los habitantes del territorio, en otras palabras, hacer realidad concreta la ley plasmada en el papel y expresada en discursos de unos y otros. Asumir desde el poder público la accesibilidad como un tema institucional implica un acercamiento a la complejidad humana y su relación con el ambiente y, constituye un reto creativo y ético.

[ i ] Esta reflexión resulta del trabajo investigación en sociología intitulado “Un hábitat para todos: aprendiendo a construir ciudad desde la perspectiva de los viejos en situación de discapacidad de lamovilidad de la Comuna San José”, elaborado entre 2011 y 2012.

[1] Conceptos similares se han desarrollado paralelamente en otras partes del mundo como el Diseño Universal en Estados Unidos, y el Diseño Inclusivo en el Reino Unido.

[2] Las características de la población se pueden definir matemáticamente a través de una distribución normal. En la gráfica de esta distribución, cuya forma es una campana, los individuos más diferentes se encuentran en los extremos y, los más similares se encuentran en el centro. Entonces el diseño para todos se enfoca en las personas ubicadas en los extremos de la campana.

 
 
 
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MISIÓN

Construir un entorno que posibilite la integración de los asociados con las actividades programadas:

 

La recreación y el deporte para estabilizar y mejorar el comportamiento social.

 

La danza, el teatro para comprometerlos y recrearlos en un proyecto de vida.

 

VISIÓN
Hacer de nuestra asociación un modelo humano, reconocido en el ambiente socio-cultural de Colombia, líder en actividades lúdicas (danza, teatro, música, deporte y recreación). 
Diseñada para personas adultas  con discapacidad cognitiva, que han superado su proceso de habilitación-rehabilitación; cuyo fin último es apoyar la integración socio-cultural de los asociados.
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